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30 junio 2014

Ayudas para compra de libros y material escolar

Publicado en el BOC el anuncio para optar a las ayudas en compra de libros y material escolar, para el curso 2014 – 15 Se destinan 14.642 euros para estas subvenciones, destinadas a padres o tutores de niños en etapa de educación preescolar e infantil, hasta un máximo de 90 euros por estudiante Las solicitudes y documentación pueden presentarse hasta el próximo día 7 de julio, con excepción de los niños escolarizados con posterioridad al plazo fijado, siempre que aún exista crédito disponible El Boletín Oficial de Cantabria recoge hoy el anuncio de las bases reguladoras para la convocatoria de ayudas personales, para a adquisición de libros o material escolar, en las etapas de educación preescolar (2 años), y educación infantil (3 a 5 años), para el curso 2014 – 2015. El importe total que se destina a las citadas ayudas es de 14.642 euros y la ayuda máxima que se podrá conceder será de 90 euros por hijo. Las subvenciones serán concedidas en régimen de concurrencia competitiva, en base a unos requisitos que deberán reunir los padres o tutores de los menores de edad que deseen ser beneficiarios de las ayudas, requisitos que vienen detallados en el BOC de referencia. La solicitud, que deberá acompañar a la documentación requerida para optar a estas ayudas, se facilitará en la Gerencia Municipal de Servicios Sociales y en la sede electrónica municipal, www.torrelavega.es En cuanto al plazo, para presentar las solicitudes, será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria. De forma excepcional se admitirán solicitudes dentro del primer y segundo trimestre del curso 2014 – 2015, siempre que exista crédito disponible tras la valoración de las solicitudes presentadas en plazo, y que se trate de la escolarización de un menor, producida con posterioridad a la fecha límite fijada en dicho plazo. Una vez valoradas las solicitudes y adoptada la resolución sobre las mismas, ésta será publicada en el tablón de anuncios, y en la sede electrónica municipal arriba señalada. Se establece como criterio de valoración los ingresos de la unidad familiar, que no podrán superar las cuantías recogidas en el siguiente cuadro:
UNIDAD FAMILIAR SIN HIJOS CON DISCAPACIDAD NÚMERO DE HIJOS IMPORTE MÁXIMO DE INGRESOS
 1 hijo menor de edad 1,5 SMI = 967,95 euros
 2 hijos menores de edad 1,5 SMI + 100,00 euros = 1.067,95 euros.
 3 hijos menores de edad 1,5 SMI + 200,00 euros = 1.167,95 euros.
 4 o más hijos menores de edad 1,5 SMI + 300,00 euros = 1.267,95 euros.
 UNIDAD FAMILIAR CON HIJOS CON DISCAPACIDAD
 1 hijo menor de edad 1,5 SMI + 100,00 euros = 1.067,95 euros.
 2 hijos menores de edad 1,5 SMI + 200,00 euros = 1.167,95 euros.
 3 o más hijos menores de edad 1,5 SMI + 300,00 euros = 1.267,95 euros.
 La forma de hacer entrega de la subvención a los beneficiarios será mediante un documento acreditativo, que se podrá canjear en la librería donde se adquieran los libros o el material escolar, de modo que el importe de los mismos se abonará por el Ayuntamiento directamente a los establecimientos donde los beneficiarios hayan adquirido los libros

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